Ayudas del Gobierno de Navarra para las subvenciones a la contratación para el fomento del empleo

18/04/2011·

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Mediante el presente documento ponemos en su conocimiento la publicación el Boletín Oficial de Navarra de la Resolución 727/2011, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a la contratación para el fomento del empleo, dentro de las medidas anticrisis del Gobierno de Navarra para el ejercicio de 2011.

Bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a la contratación para el fomento del empleo, dentro de las medidas anticrisis del Gobierno de Navarra para el ejercicio de 2011. (BON nº 57 de 23 de marzo de 2011).

Son objeto de subvención:

A) Los contratos de duración indefinida, incluidos los fijos discontinuos.

B) Los contratos de duración determinada establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, art. 15.1, apartados a) y b). (Contrato por obra o servicio determinado y contratos eventuales). En principio la duración mínima ha de ser de 12 meses, con la excepción relativa a los supuestos en que los convenios colectivos sectoriales no permitan dicha duración de 12 meses. En tal caso, la duración del contrato laboral eventual, deberá ser la que establezca el convenio y como mínimo seis meses

C) Los contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad, regulados en la disposición adicional primera de la A46586-46600

Ayudas:

Cuando el contrato se celebre a tiempo completo:

  • -1.800.-€, para el supuesto del apartado A).
  • -700.-€, para el supuesto contemplado en el apartado B).
  • -1.100.-€, para los supuestos de transformación en indefinidos, durante la vigencia de estas bases reguladoras.
  • -1.100.-€ por cada contrato contemplado en el apartado C).

*) Cabe la percepción en virtud de contratos celebrados a tiempo parcial, con una duración mínima de 50% de la jornada completa comparable.

*) Las cuantías se verán incrementadas en 500.-€ por contrato, en el supuesto de pertenecer a colectivos de trabajadores desempleados perceptores de la Renta Básica, percibida a través del Departamento de Asuntos Sociales del Gobierno de Navarra.

Plazo:

El plazo de presentación es de quince días naturales a contar desde la fecha siguiente a la de inicio del contrato o de la fecha de transformación en indefinido.

Igualmente se comunica que existen requisitos previos y posteriores a la subvención que la empresa ha de cumplir, así como supuestos de exclusión, contrataciones no bonificadas, etc; cuyo tratamiento exige un análisis de cada situación. Desde aquí quedamos a su completa disposición para abordar cada supuesto concreto.

 

 

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