Ya se pueden registrar los Planes de Igualdad de las Cooperativas de Trabajo Asociado

El pasado 9 de mayo se publicó la Ley 11/2023, de 8 de mayo, dentro de la cual, en su Disposición adicional duodécima se establece una medida sobre los Planes de igualdad de las cooperativas de trabajo asociado y otras cooperativas con personas socias de trabajo.
Se trata de un resultado concreto de la acción institucional de ANEL, desarrollada en este caso a través de la Confederación estatal COCETA, al tratarse de una regulación de ámbito estatal y que viene a dar una primera solución al problema generado en las Cooperativas de Trabajo Asociado con la reforma de la normativa de los Planes de Igualdad realizada en 2020 (artículo 12 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre).
Esta reforma no contemplaba la realidad de las cooperativas de trabajo asociado, se había centrado en los trabajadores por cuenta, sin tener en cuenta que la relación de las personas socias trabajadores con la Cooperativa es societaria y no laboral.
El problema planteado es que, hasta la fecha, las Cooperativas de Trabajo Asociado no podían inscribir sus Planes de Igualdad en el REGCOM el registro público para planes de igualdad, pues uno de los requisitos para ello era la elaboración del Plan de Igualdad a través de una comisión negociadora de la que deben formar parte los representantes legales de las personas trabajadoras.
La consecuencia de esta falta de inscripción es que no existe un reconocimiento legal de los Planes de Igualdad elaborados por las Cooperativas de Trabajo Asociado para sus personas socias trabajadoras, a los efectos de su reconocimiento respecto a la contratación del sector público o de las convocatorias de ayudas que exigen o valoran los Planes de Igualdad entre sus criterios.
La nueva medida aprobada reconoce los Planes de Igualdad de las Cooperativas de Trabajo Asociado para las personas socias trabajadoras acordados por los Órganos de Gobierno de la Cooperativa, de manera que puedan ser inscritos en el REGCON, en tanto se habilite el registro y depósito conforme a la normativa reguladora en los registros correspondientes, entendemos se refiere a los registros de Cooperativas.
Establece que dicho depósito asimilará la situación de las Cooperativas de Trabajo a los efectos de su reconocimiento respecto de la contratación del sector público y de la eventual percepción de ayudas públicas e indica además el contenido que contendrá el diagnóstico de situación y el Plan de Igualdad.
Puedes acceder aquí al BOE del 9 de mayo.