Unificación del Código de Cuenta de Cotización en Cooperativas

Desde la Tesorería General de Seguridad social se están enviando correos electrónicos a las empresas comunicando que han procedido a unificar en un solo Código de Cuenta de Cotización (CCC) a todos los trabajadores.
Los socios trabajadores están recibiendo SMS en sus móviles con información de su baja en la Cooperativa pero no hay que alarmarse. Será bueno que, cuando la cooperativa reciba la comunicación de la Seguridad Social, informe a los socios trabajadores de este tema para evitar malos entendidos.
En las Cooperativas de trabajo asociado donde los socios están en el Régimen General, hasta ahora existían dos CCC:
– uno para los socios trabajadores y
– otro para los Trabajadores por cuenta ajena no socios.
El procedimiento consiste en:
- La empresa (o su asesoría) recibe un correo donde le notifican la fecha en la que van a efectuar la unificación
- Desde Tesorería proceden a tramitar la baja de oficio de los socios trabajadores con efectos de la fecha comunicada
- Al día siguiente se les da de alta en el CCC de los trabajadores por cuenta ajena no socios,
En el Sistema Red de Seguridad Social aparecerá de la siguiente manera, y al enviar los seguros sociales se tendrá que respetar estos criterios (a tener en cuenta por la empresa o en su caso por la asesoría):
Los trabajadores de alta con Tipo de Relación Laboral (TRL) 930 (socios de cooperativas) van sin contrato, con CTP en su caso y Exclusión de cotización 930.
En caso de duración determinada, tendrán tipo de contrato 953 a tiempo completo o 954 a tiempo parcial.
Si tenéis alguna duda podéis poneros en contacto con ANEL (Maite Berasain)