¿Qué diferencia hay entre una persona socia de duración indefinida y una de duración determinada en Navarra?

23/10/2023·

En el caso de Navarra se rige por su Ley de Cooperativas y subvenciones. LEY FORAL 14/2006, DE 11 DE DICIEMBRE, DE COOPERATIVAS DE NAVARRA  Lexnavarra

En cuanto a la duración de la relación societaria, se puede diferenciar dos tipos de socias en una Cooperativa. Las que adquieren la condición de indefinidas sin fecha fin y donde únicamente se finalizaría la relación por la casuística que la Ley dispone, como Jubilación, Invalidez, baja voluntaria… y las que tienen una relación con fecha fin como puede ser la realización de una actividad determinada en un periodo concreto.

En el caso de la duración determinada, puede ser una buena figura para conocerse las partes como preámbulo de una relación indefinida.

A continuación de explican las diferencias clave en el caso de Navarra:

Duración indefinida

-Entra como socio y se encuadra en el Régimen de Seguridad Social que haya elegido la cooperativa para sus socios trabajadores (General o Autónomos)

-No tiene fecha fin

-Puede capitalizar el desempleo al que tuviera derecho

-La empresa puede tener derecho a la ayuda por incorporación de socio (si existe en la comunidad)

-Puede recibir la ayuda personal para aportar el capital como socio

-Tienen periodo de prueba con un máximo de 6 meses (reflejado en los Estatutos)

 

Duración determinada (Tiene que estar regulado en los Estatutos)

-Tiene fecha fin.

-Entra como socio y se encuadra en el Régimen de Seguridad Social que haya elegido la cooperativa para sus socios trabajadores (General o Autónomos)

-Tiene derecho a desempleo cuando acaba la relación

-La duración no está fijada legalmente

-Puede haber prórroga si así lo contempla el contrato en su admisión

-A la extinción no hay indemnización

-Tiene derecho a voto y participa en la toma de decisiones teniendo en cuenta que el conjunto de las socias vinculadas temporalmente a la sociedad no podrá ser superior a la quinta parte del número de socias de carácter indefinido, ni el total de sus votos exceder del indicado límite.

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