Novedades en materia de Bases y Tipos de Cotización

Nuevas publicaciones en materia de Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social
Se han publicado dos normas a tener en cuesta en materia laboral. Por un lado se han fijado las bases y tipos de cotización para el año 2024, donde se ha modificado el tope máximo y minims de la base de cotización del Régimen General. A demás de otros topes que temenos que tener en cuenta por ser Cooperativas o Sociedades Laborales. Y la última normative publicada se refiere a la aprobación del SMI para el año 2024.
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
Se ha aprobado el SMI para el año 2024 con un importe de 14 pagas de 1.134€ al mes. Ese valor influye ne las Bases Mínimas de Cotización y los tramos para el cálculo de lo embargos.
En este sentido, se han modificado las tablas de IRPF aplicables a nivel estatal. Y en nuestro caso, hemos hecho la consulta en la Hacienda Navarra y nos han comunicado que está en estudio la posibilidad de efectuar una variación en los tipos según los tramos.
https://boe.es/boe/dias/2024/02/07/pdfs/BOE-A-2024-2251.pdf
BASES COTIZACIÓN
CUANTÍA MÍNIMA PARA SOCIOS TRABAJADORES A TIEMPO PARCIAL EN COOPERATIVAS
Se determinan las cuantías mínimas de cotización para los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado a tiempo parcial:
Grupo de cotización |
Base mínima mensual- Euros |
1 |
791,70 |
2 |
583,50 |
3 |
507,60 |
4 a 11 |
504,00 |
COTIZACIÓN POR DESEMPLEO SOCIOS DE DURACIÓN DETERMINADA E INDEFINIDA DE COOPERATIVAS
En cuanto a la cotización por desempleo de los socios trabajadores y de Trabajo, se hace diferencia entre los de duración determinada e indefinida. Asimilando su situación los contratos indefinidos y de duración determinada.
- Socios de duración indefinida: 7.05% (el 5.5% a cargo de la empresa y el 1.55% a cargo del trabajador)
- Socios de duración determinada: el 8.30% (el 6.7% a cargo de la empresa y el 1.60% a cargo del trabajador)
COTIZACIÓN MÍNIMA DE SOCIOS TRABAJADORES EN RETA DE SOCIEDADES LABORALES
La base mínima de cotización a aplicar a los socios trabajadores de Sociedades Laborales que cotizan en el RETA será de 1.000€ en 2024 (OM PJC/51/2024 art. 16.4) y la aplicación de esta base de cotización de 1.000€ se realizará una vez acrediten 90 días de cotización
BASES DE COTIZACIÓN MÍNIMA Y MÁXIMA CON CARÁCTER GENERAL
Respecto a la cotización por contingencias comunes, las bases máximas y mínimas respecto al serán las siguientes
- Base máxima de 4.720,50 euros
- Base mínima de 1323,00 euros
A partir del día 1 de enero existe la obligación de Cotización en las prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en los programas de formación.
La cotización en el supuesto de prácticas formativas remuneradas se efectuará aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos formativos en alternancia, a excepción de la cotización por desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.
En el supuesto de prácticas formativas no remuneradas la cotización consistirá en una cuota empresarial por cada día de prácticas de 2,54€ por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,31€ por contingencias profesionales, siendo 0,16€ a la contingencia de incapacidad temporal y 0,15€ a la contingencia de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 57,87€ y por contingencias profesionales de 7,03€.
Para ambos casos corresponderá un 95% de reducción sobre la cuotas por contingencias comunes.
Las prácticas formativas, quedan excluidas de la cotización para el mecanismo de equidad intergeneracional.
Disposición 1691 del BOE núm. 26 de 2024