El periodo de prueba en la contratación laboral

Son varias las empresas que nos han consultado sobre el periodo de prueba en estas semanas y queremos hacer una breve explicación sobre esta figura.
Hay que tener en cuenta que es un periodo en el que se puede rescindir la relación sin indemnización o carta de despido, que en la prórroga no tiene que aparecer este periodo ya que la relación ya se ha probado. En este sentido comentamos a continuación en qué consiste esta figura y la semana que viene concretaremos la consideración del periodo de prueba en los socios trabajadores.









