Adaptación de Estatutos a la nueva Ley de Sociedades Laborales

01/11/2017·
Adaptación de Estatutos a la nueva Ley de Sociedades Laborales

 

Nuevamente queremos recordar a las Sociedades Laborales asociadas la obligatoriedad e importancia de la adaptación de los Estatutos (Disposición transitoria segunda de Ley 44/2015, de 14 de Octubre, de Sociedades Laborales y participadas), que debe realizarse antes del 14 de noviembre de 2017.La repercusión es que, a partir de dicha fecha, no se inscribirá en el Registro Mercantil documento alguno de la Sociedad Laboral hasta que no se haya inscrito la adaptación de los estatutos sociales.Para ello, nuevamente adjuntamos información práctica para las empresas asociadas sobre las principales modificaciones de los Estatutos para adaptarlos a la nueva Ley y sobre el proceso a seguir por las empresas para realizar la adaptación de sus Estatutos:

También recordar de nuevo que, ANEL ofrece a las Sociedades Laborales asociadas un apoyo sin coste adicional a la cuota para que cada empresa pueda realizar la adaptación de sus Estatutos directamente o con su asesor, que consiste en:

  • Se facilitan en formato Word modelos tipo de nuevos Estatutos adaptados, tanto para SLL como para SAL, preparados por el abogado colaborador de ANEL y que cuenta con el visto bueno del Registro de Sociedades Laborales y del Registro Mercantil.
  • Modelo Estatutos SLL (descargar documento 3): se plantean tres opciones de órgano de administración: consejo, administrador único y varios administradores solidarios o mancomunados. La Junta General aprueba la modificación estatutaria y acuerda también el sistema de representación. Si más adelante quiere cambiar, toma un acuerdo de Junta General  y lo cambia.
  • Modelo 1 Estatutos SAL (descargar documento 4): se puede utilizar por aquellas Sociedades Anónimas Laborales que tienen Consejo de administración y no tienen intención de cambiar.
  • Modelo 2 Estatutos SAL  (descargar documento 5): válido para cualquiera que sea la forma del órgano de administración que se quiera acordar. Se plantean tres opciones de órgano de administración: consejo, administrador único y varios administradores solidarios o mancomunados. La Junta General aprueba la modificación estatutaria y acuerda también el sistema de representación. Si más adelante quiere cambiar, toma un acuerdo de Junta General  y lo cambia.
  • Atención a las consultas concretas sobre la materia de las empresas asociadas.

Finalmente, para aquellas Sociedades Laborales asociadas ANEL que quieran un apoyo a medida o más completo, recordar que ANEL pone a su disposición un servicio experto y condiciones económicas favorables en colaboración con el despacho del abogado mercantil Daniel Zubiri que hay que adaptar a las necesidades de cada empresa, para lo cual:

  • El abogado preparará a cada empresa que lo solicite un presupuesto concreto en función de la complejidad de los Estatutos y del apoyo que solicite.
  • La empresa entrega sus Estatutos antiguos en formato Word y el abogado se encarga de elaborar una propuesta  de nuevos estatutos.
  • Explicación, si procede, a los administradores y a la Junta General de la empresa de los nuevos Estatutos propuestos.
  • Tramitación ante Notario, Hacienda y Registros.
  • El procedimiento para solicitar este apoyo es llamar o enviar un email a Alberto Morentin de ANEL ( 948 240400 – alberto.financiero@anel.es ) y posteriormente llamarán a la empresa desde el despacho de abogados para concretar el trabajo y presupuesto.

No dejes para última hora la adaptación de tus Estatutos y no dudes en llamarnos para cualquier consulta sobre el tema.

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