5 ideas clave compartidas en la Mesa de Trabajo digital: Planes de Igualdad e Igualdad Retributiva

Con la colaboración de Consultoría IGUALAR, S.Microcoop y del Instituto Navarro para la Igualdad, ANEL ha organizado esta Mesa de Trabajo digital con las empresas asociadas, para compartir el conocimiento e información necesaria de los aspectos relevantes que regula la nueva normativa de Planes de Igualdad e Igualdad Retributiva, en qué medida nos pueden afectar o deberíamos tener en cuenta.
Fueron variadas las dudas y comentarios sobre las casuísticas que surgieron en el transcurso de este práctico encuentro, no obstante, podemos destacar algunas de las ideas clave que se pusieron de manifiesto:
1.- Se trata de una nueva normativa sobre planes de igualdad regulada por Real Decreto 901/2020 y sobre igualdad retributiva regulada por Real Decreto 902/2020.
2.- La implantación de planes de igualdad tiene carácter obligatorio, con un periodo de transitoriedad, para empresas a partir de 50 trabajadores. En el caso de las Cooperativas no computan las personas socias trabajadoras.
3.- Es necesaria una comisión negociadora para la elaboración del plan de igualdad con unas características concretas y es obligatorio el registro público del plan de igualdad en el REGCON, tanto en los casos en que su elaboración sea obligatoria o voluntaria.
4.- Se establece el contenido mínimo que debe regularse en el plan de igualdad con un alto nivel de detalle y los planes de igualdad vigentes deberán adaptarse a esta nueva regulación antes enero de 2020.
5.- La regulación de la igualdad retributiva entre mujeres y hombres es de carácter obligatorio para todas las empresas con personas trabajadoras afectas al régimen laboral. En el caso de las Cooperativas afecta únicamente a las personas trabajadoras no socias.
6.- Se índice en el principio de transparencia retributiva a través de tres herramientas que las empresas deben utilizar: registro retributivo, auditoría retributiva y valoración de puestos de trabajo.
7.- Con independencia del carácter obligatorio, la elaboración de planes de igualdad aporta beneficios para las empresas en términos de reputación, de satisfacción de las personas y de resultados.
8.- Para las empresas de Economía Social las Personas son el centro y el fin del proyecto empresarial, de manera que la igualdad de género es un criterio enmarcado en nuestros valores y los planes de igualdad constituyen una herramienta útil para para la gestión de las personas en nuestro modelo empresarial.
Adjuntamos el documento utilizado en la presentación para ampliar información.