Novedades en seguridad social y materia laboral para 2026

El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, prorroga medidas sociales y adopta
disposiciones urgentes en materia laboral, tributaria y de Seguridad Social para 2026, dada la
Respecto a las cotizaciones a la Seguridad Social,
las bases máximas, aplicables a todas las categorías profesionales, y el tope máximo de las bases de cotización se fijan en 5.101,20€ mensuales para 2026. Las bases mínimas de cotización se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que el salario mínimo interprofesional, más un sexto adicional (pendiente de aprobar)
Se actualiza el Mecanismo de Equidad Intergeneracional y la cotización adicional de Solidaridad que será de 0,90%. El 0,75% será a cargo de la empresa y el 0,15% a cargo de la persona trabajadora.
Y la cotización adicional de solidaridad se determinará aplicando lo siguientes tipos de cotización sobre las retribuciones que excedan del tope máximo:
- a) El 1,15% a la parte de la retribución comprendida entre 5.101,21€ y 5.611,32€, siendo el 0,96% a cargo de la empresa y el 0,19% a cargo de la persona trabajadora.
- b) El 1,25% a la parte de la retribución comprendida entre 5.611,33€ y 7.651,80€, siendo el 1,04% a cargo de la empresa y el 0,21% a cargo de la persona trabajadora.
- c) El 1,46% a la parte de la retribución que supere 7.651,80€, siendo el 1,22% a cargo de la empresa y el 0,24% a cargo de la persona trabajadora.
En el ámbito laboral, se prorroga el Salario Mínimo Interprofesional vigente para 2025 hasta la aprobación del nuevo para el 2026.
A tener en cuenta: si no se ha actualizado la tarifa de primas para contingencias profesionales, vinculada a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025) que la norma establece la obligación de informar a la Tesorería
General de la Seguridad Social del nuevo código de CNAE-2025 antes del 1 de enero de 2026, se aplicará el tipo más alto entre los códigos equivalentes.








